LA BLASFEMIA Y SUS CASTIGOS EN EL PASADO
Recientemente recordaba unas placas de
porcelana blanca con grandes letras negras, en el interior de la iglesia de mi
pueblo cayonés. En ellas estaba escrito: “PROHIBIDO ESCUPIR” y “PROHIBIDO
BLASFEMAR”. Hablando con los mayores del lugar, incluido mi padre, me contaban
que antiguamente castigaban por blasfemar, mi progenitor me decía que en el
valle de Carriedo había carteles en los bares y otros lugares, comunicando que
se impondría una multa a quienes blasfemasen. Yo en mi infancia no comprendía
el significado de aquellos carteles en la casa de Dios. ¿Cómo era posible que
alguien se atreviese a escupir y blasfemar en su casa? Estas placas estaban
colocadas en unas columnas, en el lugar destinado a los hombres, pues hace años
mujeres y hombres escuchaban la misa por separado, ellas en la parte delantera
con sus velos o mantillas, muchas con su misal y rosario. Los velos desaparecieron con el
paso del tiempo, hoy se ha dejado a la libertad de cada mujer la decisión de
llevarlo o no, y prácticamente han desaparecido, pero yo recuerdo utilizarle en
las misas del colegio, al igual que todas mis compañeras, era obligatorio, y una
tradición muy antigua. Sus raíces
estaban en el pueblo de Israel y significaba sumisión a Dios y respeto,
igualmente, es símbolo de modestia, de recogimiento y silencio. Los hombres
estaban colocados en la parte trasera de la iglesia, tal parecía que
custodiaban y cuidaban el templo. En mi inocencia infantil no daba crédito a las
palabras inscritas en aquellas placas. Con el paso de los años las retiraron.
En verdad, todo ha cambiado mucho, pero mi
sorpresa fue mayúscula cuando leyendo las Reales Ejecutorias me encontré que en
tiempos de los Reyes Católicos las cosas aún eran peores, entonces no solo
multaban con una pequeña cantidad de dinero, había grandes castigos por blasfemar,
y no solo en nuestros valles de Carriedo y Cayón.
Como decía recientemente, las Ejecutorias
son Sentencias reducidas y en ellas nos indica un retrato y calco de la época
que se vivía, una sociedad muy complicada, y difícil, asesinatos, delatores,
acusaciones infundadas.
La blasfemia era motivo de condena, y
así podemos ver con fecha 12 de noviembre de 1491 en Valladolid, Pedro de
Cogollos, alcalde de la villa de San Vicente de la Barquera, acusa a Gutierrez
Merced, vecino de la villa de San Vicente de la Barquera, de blasfemar contra
Dios.
Sentencia de Fernando de Rivera,
corregidor de la villa de San Vicente de la Barquera, condenando a Gutierrez de
Merced a que le sea cortada la lengua públicamente y a perder la mitad de sus
bienes. Condena a Gutierrez Merced al pago de costas.
Sentencia de los alcaldes del crimen,
revocando la sentencia dada por Fernando de Rivera, corregidor de la villa de
San Vicente de la Barquera, puesto que Gutierrez de la Merced blasfemó contra Dios
perturbado por el dolor que le ocasionó cierta herida. Condena a Gutierrez de la Merced al destierro de la villa de San Vicente con pena de dos años si
incumplía la sentencia por primera vez, y con pena de destierro perpetuo si
incumplía la pena por segunda vez. Condena a Gutierrez Merced al pago de diez
mil maravedís, más al pago de costas.
Sentencia de revista que confirma la dada
en vista. Ordena moderar la pena de diez mil maravedís a la que fue condenado
Gutierrez Merced a seis mil maravedís. Reales Ejecutorias Caja 41-49.
Y en estas condiciones vivían nuestros
antepasados y estas eran las leyes por las que se regían en los Reales Valles
de Cayón y Carriedo, así como en Trasmiera y Penagos. Sin duda alguna eran muy
severas. Contar con estos documentos tan antiguos es un auténtico privilegio,
pues son auténticas joyas. A través de ellos podemos conocer con toda certeza
como era la vida de nuestros ancestros, lo duros que podían ser los castigos a
los que se les sometía cuando no cumplían con la conducta requerida.
Francamente, viendo estas sentencias había que pensarse dos veces el blasfemar
o delinquir. Nuestra historia no deja de sorprenderme, cuanto más investigo más
quiero saber, porque conocerla es comprender mejor nuestro presente.
La blasfemia pertenece a los delitos de
OFENSA. Las Justicias Menores (villas, pueblos, comarcas, ciudades etc.)
fallaban sentencias muy severas y crueles con reminiscencias medievales, casi
feudales, por eso los interesados se veían obligados a Apelar a este alto
tribunal “La Real Audiencia y Chancillería de Valladolid”. (Para el Norte del
Tajo). Para el Sur estaba la Chancillería de Granada, creada posteriormente.